- Ser venezolano o nacional de un Estado que otorgue tratamiento
recíproco a los venezolanos. - Acreditar constancia donde se evidencie la aprobación de los estudios
de educación secundaria o su equivalente, en el caso de los
extranjeros y venezolanos que cursaron sus estudios en el exterior
debidamente apostillado y traducido al idioma castellano por un
intérprete público. - Mantener vigente la licencia o habilitaciones y el certificado médico aeronáutico, emitidos por otro Estado contratante.
- Acreditar la licencia o habilitaciones y certificado médico aeronáutico,
debidamente apostillado y traducido al idioma castellano por un
intérprete público. - Acreditar el certificado médico aeronáutico correspondiente, emitido
por la Autoridad Aeronáutica venezolana. - Acreditar constancia de haber aprobado un curso teórico de
Legislaciones y Regulaciones Aeronáuticas Venezolanas, impartido por
un centro de instrucción aeronáutico certificado por la Autoridad
Aeronáutica en el caso de personal aeronáutico extranjero y personal
aeronáutico venezolano que no posea licencia venezolana vigente. - Acreditar que la instrucción fue impartida por un centro de instrucción
aeronáutica o centro de entrenamiento aeronáutico que cuenta con la
certificación multinacional. - Haber aprobado la evaluación teórico-práctica correspondiente, en el
caso de convalidación de licencia.