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Requerimientos de combustible y aceite

 

  1. De acuerdo a lo establecido en la sección 91.38(a) de la RAV 91, los vuelos que deban efectuarse de acuerdo a las reglas de vuelo visual sólo se iniciarán cuando, se considere el viento, las condiciones meteorológicas pronosticadas y se tenga suficiente combustible para volar 45 minutos adicionales del aeródromo de destino, manteniendo una velocidad de crucero normal.
  2. Reserva de combustible y aceite para vuelos VFR, aviones:
    • De acuerdo a lo establecido en la sección 91.38(c) de la RAV 91, para iniciar un vuelo, los aviones deberán llevar suficiente combustible y aceite para completar el vuelo sin peligro, teniendo en cuenta las condiciones meteorológicas y todo retraso que se prevea en vuelo; además, llevará una reserva para prever contingencias
    • La cantidad de combustible que ha de llevarse debe permitir, cuando el vuelo se realice de acuerdo con las reglas de vuelo visual diurno:
      • Volar al aeródromo de aterrizaje previsto; y después,
      • Durante por lo menos 45 minutos a altitud normal de crucero.
  3. Factores para calcular el combustible y aceite de las aeronaves: Según lo establecido en la sección 91.38(f) de la RAV 91, al calcular el combustible y aceite de la aeronave, se tendrá en cuenta, por lo menos:
    • Las condiciones meteorológicas pronosticadas;
    • Los encaminamientos del control de tránsito aéreo y las demoras de tránsito posibles;
    • Los procedimientos establecidos en el manual de operaciones, respecto a pérdidas de presión en la cabina, cuando corresponda, o parada de un grupo motor en ruta; y
    • Cualquier otra condición que pueda demorar el aterrizaje de la aeronave o aumentar el consumo de combustible o aceite.

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