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Equipos de navegación

  1. El piloto al mando debe garantizar que no comience un vuelo a menos que los equipos e instrumentos requeridos cumplan con el estándar mínimo de rendimiento (performance) y los requisitos operacionales y de aeronavegabilidad bajo los cuales la aeronave ha obtenido el certificado de tipo; y están en condición operable para el tipo de operación que está siendo conducida, excepto como esté previsto en la Lista de Equipo Mínimo (MEL) aprobada, si es aplicable.”

2. Requerimientos para todos los vuelos

  • Todas las aeronaves deben estar equipadas con instrumentos de vuelo y de navegación que permitan a la tripulación:
  • Controlar la trayectoria de vuelo de la aeronave;
  • Realizar cualquiera de las maniobras reglamentarias requeridas; y
  • Observar las limitaciones operacionales de la aeronave en las condiciones operacionales previstas.

3. Para todos los vuelos, las aeronaves deben tener el siguiente equipo:

  • Un botiquín adecuado de primeros auxilios, situado en lugar accesible;
  • Extintores portátiles de un tipo que, cuando se descarguen, no causen contaminación peligrosa del aire dentro de la aeronave, de los cuales al menos uno estará ubicado e identificado
  • En el compartimiento de pilotos; y  en cada compartimiento de pasajeros que esté separado del compartimiento de pilotos y que no sea fácilmente accesible al piloto o copiloto
  • Un asiento o litera para cada persona que sea mayor de dos años y un cinturón de seguridad aprobado para cada asiento o litera; Fusibles eléctricos de repuesto, cuando corresponda y de los amperajes apropiados, para sustituir en vuelo a los que están ubicados en lugares accesibles.

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