- De acuerdo a lo establecido en la sección 91.14(b) de la RAV 91, antes de iniciar un vuelo, el piloto al mando de la aeronave se familiarizará con toda la información disponible apropiada al vuelo planificado; esta información incluirá:
- Para todos los vuelos IFR y para aquellos vuelos que no se limiten a las inmediaciones de un aeródromo: Un estudio minucioso de los informes y pronósticos meteorológicos de actualidad de que se disponga, cálculo de combustible necesario, alternativas disponibles en caso de que el plan de vuelo no pueda completarse y cualquier demora de tránsito aéreo conocida que haya sido notificada al piloto al mando por el ATC.
- Para todos los vuelos IFR y para aquellos vuelos que no se limiten a las inmediaciones de un aeródromo: Un estudio minucioso de los informes y pronósticos meteorológicos de actualidad de que se disponga, cálculo de combustible necesario, alternativas disponibles en caso de que el plan de vuelo no pueda completarse y cualquier demora de tránsito aéreo conocida que haya sido notificada al piloto al mando por el ATC.
- De acuerdo a lo establecido en la sección 91.14(c) de la RAV 91, el piloto al mando o explotador iniciará vuelo cuando haya determinado previamente, utilizando datos oficiales de los servicios de información aeronáutica o de otras fuentes autorizadas, que las instalaciones y servicios terrestres y marítimos, incluidas las instalaciones de comunicaciones y las ayudas para la navegación, requeridas para ese vuelo y para la seguridad del avión y protección de sus pasajeros:
- Estén disponibles.
- Sean adecuadas para la operación segura del vuelo previsto; y
- Funcionen debidamente para ese fin.