- Ser titular de una licencia de Piloto Privado o Piloto Comercial de Avión o Helicóptero.
- El titular de una licencia de piloto privado avión o helicóptero, que desee optar a la Habilitación Especial de Vuelo Instrumental, debe haber acumulado un mínimo de cien (100) horas de vuelo de experiencia.
- Constancia de haber aprobado un curso teórico y práctico de vuelo por instrumentos en un Centro de Instrucción Aeronáutico certificado por la Autoridad Aeronáutica, dentro de los doce (12) meses precedentes a la solicitud.
- Haber completado un mínimo de cuarenta (40) horas de entrenamiento de vuelo instrumental con instructor de vuelo por instrumentos en avión o helicóptero, de las cuales un máximo de veinte (20) horas podrán ser realizadas en entrenador sintético de vuelo, según el contenido programático aprobado por la Autoridad Aeronáutica.
- Haber aprobado la evaluación teórica y práctica aplicada por la Autoridad Aeronáutica o por quién ella delegue. El titular de la habilitación de vuelo instrumental tendrá la atribución de ejercer funciones como piloto en aviones o helicópteros en vuelos IFR y en vuelos nocturnos.